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Patrimoniales

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PRO INCENDIO

     La Póliza de Seguro de Incendio ofrece indemnización por los daños materiales causados a los bienes asegurados por la acción directa o indirecta de un incendio.

       - Cobertura(s) Básica(s):

  • Incendio

  • Rayo

  • Explosión

  • Impacto de Aeronaves

  • Agua u Otros Agentes de Extinción utilizados para apagar un incendio, humo.

       - Cobertura(s) Opcionales:

  • Terremoto o Temblor de Tierra.

  • Motín, disturbios laborales y daños maliciosos.

  • Daños por Agua.

  • Inundación.

  • Deterioro de Bienes Refrigerados o Congelados.

  • Rotura de Vidrios.

  • Rotura de Anuncios

  • Pérdida de Renta.

  • Pérdidas Indirectas

    Entre Otras.

PRO ROBO ( Sustracción Ilegitima )

       - Cobertura(s) Básica(s):

     Es el acto de apoderarse ilegalmente de los bienes asegurados, haciendo uso de medios violentos para entrar o salir del local o residencia donde se encuentren dichos bienes; siempre que en el inmueble que los contiene queden huellas visibles de tales hechos. Así mismo, ampara los daños a la propiedad a consecuencia directa de robo, asalto o atraco, según sea el caso, o de cualquier tentativa de cometer tales actos.

       - Cobertura(s) Adicional(es):

     Asalto o atraco: Es el acto de acometer sorpresivamente al tenedor de los bienes asegurados haciendo uso de amenaza o de violencia físicas, con o sin armas, para apoderarse de dichos bienes.

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PRO HOGAR ( Combinado Residencial )

Esta póliza de coberturas múltiples está dirigida a asegurar la vivienda del Asegurado, tanto la Edificación como su Contenido, contra los riesgos a los que está expuesta.

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PRO EMPRESA ( Combinado Empresarial )

Se trata de una póliza que permite seleccionar entre un grupo de coberturas, que cubren los riesgos a los que están expuestos la industria y el comercio, permitiendo la continuidad del negocio.

PRO TRANSPORTE TERRESTRE

Cubre las pérdidas o daños materiales de los bienes asegurados durante su traslado terrestre, desde que salen del almacén de origen hasta la llegada del medio transportador a los predios o lugar designados como destino  final, contra los riesgos a los que están expuestos durante su trayecto.

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PRO TRANSPORTE MARÍTIMO Y AÉREO

Ampara los bienes y mercancías transportados contra los riesgos a los que están expuestos durante su travesía, tanto por vía marítima como aérea.

PRO EMBARCACIÓN

Ampara los daños producidos por los riesgos propios de la navegación que puedan afectar a los buques, embarcaciones y artefactos navales, incluso en construcción o desguace. Entre los riesgos de navegación pueden incluirse: la pérdida total del buque, la contribución a la avería común o el abandono debidos a naufragio, abordaje, varada, incendio, temporal, echazón, arribadas forzosas, averías o roturas de  máquinas, entre otros.

Asimismo, ampara la responsabilidad civil por lesiones personales y/o daños materiales causados a terceros, la muerte accidental y la invalidez permanente total o parcial que sufran la tripulación o pasajeros, derivados de un siniestro o accidente de la embarcación  asegurada, y los gastos médicos asociados.

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PRO AVIACIÓN

Ampara los daños físicos directos a la aeronave asegurada, siempre que tales daños sean producidos por una causa accidental externa. También cubre la desaparición de la aeronave, incluyendo la que ocurra por robo o hurto, si ésta no fuera localizada dentro de los noventa días posteriores a su último vuelo.

Cobertura(s):

  • Casco ( Daños propios de la Aeronave.

  • Responsabilidad Civil ante Terceros.

  • Responsabilidad Civil ante Pasajeros.

  • Accidentes Personales y Gastos Médicos.

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PRO FIDELIDAD 3D

Indemniza por las pérdidas de dinero, valores y otras propiedades que se produzcan a consecuencia de Deshonestidad, Destrucción o Desaparición de dinero u otros valores, contenidos en las localidades amparadas.

Cobertura(s):

  • Infidelidad de Empleados: cubre las pérdidas de dinero, valores y otras propiedades, que sufra el Asegurado a causa de cualquier acto o actos fraudulentos o deshonestos cometidos por cualquiera de los empleados.

  • Pérdida dentro de los Predios: cubre la pérdida de dinero o valores, a causa de la destrucción real, de la desaparición o sustracción ilícita dentro de los predios del Asegurado o en los predios de un Instituto Bancario o establecimiento similar reconocido o autorizado para guardar valores.

  • Pérdida fuera de los Predios: cubre la pérdida de dinero o valores debido a su destrucción real, desaparición o sustracción ilícita de los mismos (robo, asalto o atraco o amenaza), ocurrida fuera de los predios del Asegurado, mientras sean transportados por mensajero o por cualquier compañía de vehículos blindados de protección.

  • Falsificación de Giros Postales: cubre la pérdida sufrida a causa de la aceptación de buena fe de cualquier giro postal o libranza, orden o cheque emitido, siempre que tales documentos de valor no sean pagados a su presentación o por pérdida sufrida a causa de la aceptación de buena fe, durante el curso regular de los negocios, de papel moneda falsificados.

  • Falsificación para Depositario: cubre la pérdida incurrida por el Asegurado a causa de la falsificación o alteración de cualquier cheque, giro, pagaré, letra de cambio o cualquier otra nota comercial emitida por el Asegurado o girada a cargo del Asegurado.

RAMOS TÉCNICOS DE INGENIERÍA

Se trata de un grupo de ramos de seguros asociados a equipos y maquinarias, a su  instalación o montaje y a la construcción de obras, a saber:

  • Pro Equipos Electrónicos: Cubre la pérdida o daño físico súbito e imprevisto que sufran los equipos electrónicos, como consecuencia de los riesgos a los que se encuentran expuestos.

  • Pro Rotura de Maquinaria: Cubre la pérdida o daño que sufran las maquinarias, equipos fijos y sus instalaciones, ocasionados por causas internas o directamente de la operación misma del equipo o maquinaria.

  • Pro Equipo de Contratista: Cubre la pérdida o daño físico directo ocasionado por cualquier causa accidental externa, súbita e imprevista, que sufra la maquinaria o equipo móvil, tales como grúas, montacargas, equipos de construcción, etc.

  • Pro Todo Riesgo de Construcción: Va dirigido a toda clase de obras civiles en proceso de construcción, reconstrucción o instalación y cubre las pérdidas o daños materiales ocurridos a los bienes asegurados, durante y en el lugar de ejecución de la obra, siempre que dichas pérdidas o daños ocurran de manera accidental, súbita e imprevista como consecuencia directa de cualquiera de los riesgos amparados.

  • Pro Todo Riesgo de Instalación y Montaje: Cubre las pérdidas o daños materiales directos ocurridos a las maquinarias y equipos durante su instalación y montaje en la localidad donde se llevan a cabo los trabajos, ocasionados por cualquier causa accidental externa, súbita e imprevista que haga necesaria su reparación o reposición.

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PRO PATRONAL

Ampara los montos que el Asegurado esté obligado a pagar a sus trabajadores y aprendices que figuren en su nómina o a los causahabientes de éstos, con motivo de la responsabilidad que le impone la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, a consecuencia de los accidentes de trabajo o de las enfermedades profesionales que se definen en dicha Ley.

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PRO RESPONSABILIDAD CIVIL EMPRESARIAL

Garantiza la indemnización que el Asegurado esté obligado a pagar a sus trabajadores que figuren en su nómina o a los causahabientes de éstos, con motivo de la responsabilidad que le impone la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT), a consecuencia de enfermedades ocupacionales o  accidentes de trabajo, definidos en dicha Ley.

PRO RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL

Responsabilidad Civil General extra contractual frente a terceros, en que pueda incurrir el asegurado, o sus empleados, socios y directores mientras estén desempeñando funciones inherentes a sus cargos, por lesiones corporales y/o daños materiales, por los cuales sea legalmente responsable y obligado a pagar, que se deriven de manera directa de las operaciones que realiza.

PRO RESPONSABILIDAD CIVIL DE MÉDICOS

Garantiza la indemnización hasta la suma asegurada contratada, de los montos que le sean legalmente imputados al Asegurado, por las lesiones corporales que surjan de la práctica defectuosa, error, negligencia o equivocación y omisión al rendir servicios médicos profesionales a un paciente o pacientes, en el ejercicio de la profesión, dentro del Territorio de la República Bolivariana de Venezuela

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PRO RESPONSABILIDAD CIVIL PARA DRONES

Se indemniza al Asegurado por los daños materiales o daños corporales, así como los perjuicios económicos que se deriven de los mismos, causados accidentalmente por el Drone o por objetos desprendidos del mismo, dentro del territorio de la República Bolivariana de Venezuela, de conformidad con la legislación que regula la aeronáutica civil, y por los cuales deba responder el Asegurado frente a Terceros y hasta la suma asegurada contratada.

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PRO RIESGOS DIVERSOS

Este seguro va dirigido a amparar riesgos que por su característica se encuentran  excluidos de los seguros tradicionales o que requieren coberturas específicas.

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